Se eleva la fianza a Al Thani a 8,5 millones de euros

El Juzgado de Instrucción decide ampliarla de 5,2 a 8,5 millones

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Los Al-Thani en una rueda de prensa
Los Al-Thani en una rueda de prensa | MCF

Al Thani sigue perdiendo la batalla judicial contra el administrador judicial y la APA. Tras la petición de esta última asociación, y después de haber estudiado la documentación presentada, el Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga ha acordado, por auto de fecha 9/9/2020, elevar el importe de la fianza impuesta a la familia Al Thani a la cantidad de 8.518.898,04 euros.

Entiende el juzgado que “el importe supuestamente defraudado a la entidad mercantil MÁLAGA CLUB DE FUTBOL SAD por parte de los investigados, ascendería (por ahora, pues hay otras líneas de investigación en trámite ) a 5.017.328,68 euros, en concepto de préstamos concedidos por la entidad a los querellados, bien directamente o a entidades instrumentales manejadas por ellos, para dar cobertura a gastos personales.

Además de otro 1.371844,85 euros, en concepto de cantidades dispuestas por los investigados, que no fueron documentadas directamente como las anteriores, pero han sido descubiertas en el curso de la investigación: tales como compra- venta de vehículos de alta gama, gastos en inmuebles para uso privado y a cargo del club: mobiliario, obras de reforma, mantenimiento de animales de compañía, etc… ( son descritos de forma clara y enumerada en los informes policiales y la documentación que el Administrador ha remitido a través del juzgado a los agentes investigadores y que ha sido localizada en la sede social ). Por tanto, dichas cantidades han sido evaluadas a mayor, lo que hace necesario el dictado de la presente resolución”. (…)

Prosigue la resolución diciendo que:
“En conclusión, teniendo en cuenta las argumentaciones expuestas tanto por el Ministerio Fiscal como las demás partes personadas en sus respectivos informes y peticiones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 589, 590 , 611 y 764 de la Lecrim, desprendiéndose de lo actuado la supuesta responsabilidad de los investigados referidos al principio de la presente resolución, así como el aumento de las cantidades de las que, en su caso, deberían de responder de dictarse sentencia condenatoria, procede ampliar la fianza inicialmente fijada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 612 Lecrim anteriormente mencionado, y teniendo en cuenta las cantidades a las que se ha hecho mención en el Razonamiento Primero de la presente resolución, procede requerirles para que presten fianza bastante para asegurar las responsabilidades pecuniarias derivadas de la causa, en cuantía superior a la fijada inicialmente, que queda aumentada a la cantidad que se determinará en la parte dispositiva de la presente resolución, a los efectos de asegurar las responsabilidades económicas dimanantes de la presente causa.

Respecto de la ampliación de la fianza, se considera procedente fijar la misma en la cantidad de 8.518.898,04 euros, cantidad resultante de incrementar en un tercio la cuantía de la cantidad que supuestamente ha sido defraudada y distraída a la SAD y que, en su caso, podría ser exigida de seguir adelante el procedimiento contra los querellados con una eventual sentencia condenatoria”

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